En ese sentido el jefe comunal recuerda que la medida adoptada de teletrabajo no podrá afectar la modalidad de prestación de determinado servicios, en especial las áreas de salud, adicciones, higiene, alimentos, tránsito, transporte, seguridad, cementerios y necrópolis, o situaciones de obras de emergencia.
La Dirección General de Desarrollo e Integración Social y los Alcaldes, deberán atender lo relacionado a asuntos sociales y garantizar el acceso de los sectores más vulnerables a los planes sociales.
Se recuerda para el funcionamiento de dependencias y Municipios se disminuirá la dotación de personal en oficinas y dependencias, empleándose la modalidad de teletrabajo en domicilio, de acuerdo a cada Director.
Ampliación de medidas
También se señala que deben ingresar a la modalidad de trabajo a distancia, pero en forma excepcional, los trabajadores que tengan a su cargo personas con discapacidad, las que tengan adultos mayores dependientes o menores de 12 años y no tengan estos la posibilidad de asistir a centro educativos.
También podrán solicitar trabajar a distancia las personas que deban utilizar el transporte público para el traslado diario.
Estas solicitudes serán analizadas y aplicadas por cada Dirección General y Municipios, en acuerdo con la Dirección General de RRHH.
Obligatoriedad de acogerse al teletrabajo
Se dispone, mediante resolución, que deberán ingresar en forma obligatoria a prestar servicios a distancia aquellos funcionarios que hayan llegado recientemente de países incluidos en el listado publicado por el MSP o que convivan con personas comprendidas en dicha situación.
También aquellos que hayan estado en contacto con pacientes diagnosticados con el Coronavirus.
Se incluye en la nómina cualquier funcionario que por indicación médica deba permanecer en su domicilio.
Las Direcciones Generales son las encargadas de dar cumplimiento a las medidas adoptadas y responsabilidad de los jerarcas y Alcaldes la organización de los servicios a efectos de cubrir la jornada habitual de trabajo.
Intendencia de Maldonado Edificio Comunal, Acuña de Figueroa y Burnett