Para la referida determinación se consideró que;
fue elaborado el Plan de Acción para la Protección de la Calidad de Agua de Laguna del Sauce, conjunto de acciones para controlar, detener y revertir el proceso de deterioro de la calidad de agua y asegurar la calidad y cantidad del recurso hídrico;
que la Dirección General de Urbanismo, señaló que “la Laguna del Sauce es la principal fuente de abastecimiento de agua potable de la población del Departamento de Maldonado, y presenta un acelerado y avanzado proceso de eutrofización por loo que se decidió, continuar con la acciones para compatibilizar los diversos usos del recurso, priorizándose el abastecimiento para el consumo humano; y que se contrataron consultores externos de reconocida experiencia.
El plan participativo que se siguió consistió en tres etapas que culiminaron con la elaboración de estudios preeliminares con ocho anexos y que durante el procedimiento realizado, se cursaron las comunicaciones a la DINAMA Y DINOT.
Por otra parte a Dirección General de Urbanismo, definió que se culminó la primera etapa del proceso de elaboración del Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible: Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce y solicitó de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308, la Puesta de Manifiesto por el término de 30 días, del Documento de Avance de Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce, con su correspondiente Informe de Evaluación Ambiental Estratégica y sus respectivos Anexos.
Se encuentra adjunta la resolución respectiva y documentos integrados al Manifiesto http://www.maldonado.gub.uy/?p=ef575e8837d065a1683c022d2077d342
Intendencia de Maldonado Edificio Comunal, Acuña de Figueroa y Burnett