El Proyecto Decreto trata sobre el funcionamiento de servicios de transporte oneroso entre privados operados mediante plataformas digitales desarrolladas o promocionadas por empresas de Redes de Transporte. La Dirección General de Tránsito y Transporte analizó e hizo ajustes, tras consultar a diferentes actores relacionados con la actividad.
La implementación de este servicio tiende a satisfacer necesidades de movilización y transporte de las personas utilizando las empresas de Redes de Transporte (ERTs) presentes en el departamento, a través de plataformas tecnológicas -sistema informático o aplicación por el cual el usuario puede contratar servicio, accesible desde teléfonos inteligentes u otro dispositivo-. La solicitud tendrá que realizarse a través de un teléfono móvil conectado a la red telefónica, de internet y geolocalización, al cual se le pueden instalar aplicaciones diseñadas especialmente para estos aparatos.
En referencia a las plataformas, podrán ser prestadoras de servicio de intermediación todas las ERTs que cumplan los requerimientos previstos en este Decreto y que estén debidamente autorizadas por la Intendencia; además se deberá contar con una plataforma tecnológica de operación -propia o de terceros- que permita el control, programación, solicitud, control de operación e intermediación del pago las 24 horas durante todo el año. Asimismo, deberán presentar un domicilio fiscal y real dentro del departamento de Maldonado.
Cada plataforma que desee operar deberá adquirir ante la Intendencia un permiso por vehículo (Oblea Digital) y ésta determinará su habilitación. El trámite tendrá un costo único de 2 UR (Unidades Reajustables), en tanto, el pago estará a cargo de la empresa solicitante y tendrá una vigencia de cinco años.
Será potestad del intendente de Maldonado determinar el número de Obleas Digitales que se podrán otorgar a cada ERT.
Vehículos
Están habilitados a operar los automóviles con capacidad de hasta cinco pasajeros empadronados en el departamento de Maldonado (salvo para el caso de los vehículos mencionados en el artículo 26o), con una antigüedad no mayor a cinco años -a excepción de los casos de vehículos eléctricos los cuales podrán tener una antigüedad de hasta 10 años-.
Los transportes deberán poseer inspección técnica vehicular, póliza de seguros vigente con cobertura de todos los ocupantes del vehículo, cinturones de seguridad, aire acondicionado y bolsas de aire, y también tendrán que cumplir con las normas técnicas, de seguridad y emisión de contaminantes vigentes.
En caso de no cumplir con todos los requerimientos contenidos en el presente Proyecto de Decreto el Cuerpo Inspectivo de la IDM será el encargado de aplicar las sanciones correspondientes según la naturaleza, importancia y circunstancia de la infracción.
Servicio
Las tarifas de este servicio serán establecidas por empresas y su estructura tarifaria deberá ser reportada a la Dirección General de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado. Por su parte, las ERTs deberán informar al usuario, en forma previa a la contratación del viaje, el costo del viaje, aún cuando se trate de una cantidad estimada.
El documento remitido a la JDM también detalla los requerimientos y obligaciones para poder operar como conductor habilitado; prohibiciones; disposiciones legales sobre no discriminación a la hora de recibir las solicitudes de los pasajeros; disposiciones generales y transitorias; además de información sobre la creación un Fondo de Movilidad Departamental
Intendencia de Maldonado Edificio Comunal, Acuña de Figueroa y Burnett